Julio García-Merlos
@jgarciamerlos

Estamos a las puertas de la designación de magistrados de la Corte de Constitucionalidad en medio de una crisis en el sistema de justicia. A medida que pasan los días, se producen discusiones interesantes y se exploran posibilidades en torno a este proceso. Hoy dedicaré este espacio a comentar algunas.

En relación con la designación de un magistrado titular y un suplente que debe realizar la Corte Suprema de Justicia, algunos colegas manifiestan que la actual CSJ está impedida de realizarla porque se encuentra ejerciendo sus funciones producto de la prolongación en el período constitucional que se verificó por la emisión de una sentencia confusa e impráctica que emitió la Corte de Constitucionalidad y por la falta de voluntad política de la alianza dominante en el Congreso de la República. Esta prolongación de funciones fue aplaudida por muchos, quienes en varias oportunidades promueven la suspensión de procesos de elección de funcionarios públicos, jueces y magistrados, mediante la (ya desprestigiada) “acción de amparo”.

Las actuales cámaras de la Corte Suprema de Justicia emiten a diario sentencias de casación, amparo y otras resoluciones con fuerza vinculante para las partes y válidas conforme nuestro ordenamiento jurídico. Si pueden hacer eso, no se puede argumentar que no pueden realizar una designación que manda el mismo texto constitucional. Algunos ponen sobre la mesa de la discusión sobre la legitimidad de esa elección, argumento al que respondo: ¿si tanto les preocupa (y/o preocupaba) que los magistrados no tuviesen legitimidad porqué no abogaron porque se cumplieran los plazos constitucionales? Otro de los escenarios que se presenta es la posibilidad que derivado de los conflictos que puedan generar grupos de interés inconformes con la designación que realicen los órganos respectivos, la Corte de Constitucionalidad conceda amparos que de nuevo retrasen la designación de los nuevos magistrados y que tengan como efecto práctico la prolongación en funciones de ellos mismos. Esto simplemente no puede pasar.

Estamos sumidos en una crisis sin precedentes de la que son corresponsables, magistrados, diputados y grupos de interés. No es posible que después de ver la grave situación que atraviesa el país, los actuales magistrados de la Corte de Constitucionalidad pretendan obviar de nuevo la claridad de la norma constitucional y poner en riesgo la deteriorada estabilidad del país. Si los magistrados prolongan así mismos sus períodos ¿qué les impedirá emitir un fallo en el que avalen una reelección presidencial como lo han hecho los magistrados hondureños o bolivianos?

Debemos estar pendientes de esta situación. Nadie está por encima de la Constitución y los plazos que se establecen en su texto no son meros ornamentos como plantean algunos, sino que constituyen garantía de estabilidad en el ejercicio de la función pública, y a la vez, límites que sirven para que se verifique alternabilidad y renovación, según el caso. El próximo 14 de abril debe asumir una nueva magistratura de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala compuesta por buenos abogados dispuestos a servir al país. De eso depende la supervivencia de nuestra institucionalidad.

Este artículo fue publicado originalmente el 22 de febrero de 2021 en el Diario La Hora. La foto que ilustra la entrada fue tomada del Diario República GT.